
Los trabajadores que sufren un accidente laboral o una enfermedad tienen derecho a que se respete su reposo médico mientras continúan recibiendo su remuneración conforme a la ley en Honduras.
Fernando Lara, abogado laboralista,, señala que si la incapacidad es menor a tres días, el patrono absorbe el 100% del salario, pero cuando excede ese plazo, el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) cubre el 66% y el empleador asume el resto.
La normativa establece que el patrono debe esperar hasta seis meses por el empleado incapacitado y, si el despido ocurre por la condición de salud, el trabajador puede acudir a la Secretaría del Trabajo para solicitar un inspector que verifique los hechos.